RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2021, por la que se mantiene restricciones y se modifican otras

RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2021, de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se mantiene la eficacia de diversas resoluciones, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, y se modifica la redacción de determinadas medidas.

http://dogv.gva.es/datos/2021/04/10/pdf/2021_3675.pdf

1.- En los establecimientos de Hostelería:

 – El horario de cierre será a las 18:00 horas.

 – La ocupación de las mesas será de un máximo de 6 personas por mesa o agrupaciones de mesas, salvo convivientes.

 – La distancia entre mesas será de 2 metros en interior de establecimientos y 1,5 en terrazas exteriores.

 – El consumo será siempre sentado en mesa. 

– El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.

 – El aforo máximo permitido debe estar visible en la entrada. (30%)

 – Se respetarán las medidas generales y adicionales de higiene, recogidas, respectivamente, en los apartados 2.1 y 2.2 y 2.4. del Acuerdo del 19 de junio, del Consell.

2.- No queda permitido en los establecimientos de restauración y hostelería:

 – El uso de la barra.

– Los servicios tipo self service o bufet.

– Fumar y el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, pipas o asimilados, incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cercados.

– El baile, ni en interiores ni en exteriores.

3.- Quedan sin efecto todas aquellas medidas y resoluciones que se opongan a lo previsto en la presente resolución.

4.- La presente resolución producirá efectos desde las 0:00 horas del día 12 de abril de 2021 y mantendrá su eficacia hasta las 23:59 horas del día 25 de abril de 2021.