Ayuda y subvenciones

AYUDAS PARA MEJORAR EL POSICIONAMIENTO DEL SECTOR TURÍSTICO PARA EL AÑO 2026

 

Se publicó en el DOGV la RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2026, de la Presidencia, por la que se convocan las ayudas para mejorar el posicionamiento del sector turístico para el año 2026. Programa 1.

Beneficiarios: Entre otros, establecimientos de restauración inscritos en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana de acuerdo con lo establecido en el Decreto 36/2023, de 24 de marzo, del Consell por el que se regulan los establecimientos de restauración en la Comunitat Valenciana, la Red Gastro Turística y L'Exquisit Mediterrani. 
 
Objeto Impulso al posicionamiento de las empresas y el marketing de producto turístico de la Comunitat Valenciana.

Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes del día 15 al 30 de abril de 2026
 
Resolución 
Extracto 
Trámite

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SUBVENCIONES DESTINADAS A FAVORECER LA ELABORACIÓN Y LA IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD EN EMPRESAS DE LA COMUNITAT VALENCIANA

El viernes se publicó en el DOGV la RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2026, por la que se convocan subvenciones destinadas a favorecer la elaboración y la implantación de planes de igualdad en empresas de la Comunitat Valenciana con una plantilla entre 10 y 49 personas trabajadoras, para el ejercicio 2026. 

Resolucion

Extracto

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ACUERDO de 12 de febrero de 2026, del Consejo General, por el que se aprueba la convocatoria de la línea de financiación «Préstamos bonificados IVF pyme inversión 2026». Publicado en el DOGV el 27 de febrero del 2026

Beneficiarios
1. Podrán ser beneficiarios de la financiación bonificada al amparo de la presente convocatoria las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Persona jurídica que cumple las condiciones para ser pyme, conforme a la definición del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, cuya redacción vigente se adjunta como anexo a esta convocatoria.
b) Tendrá, al menos, un establecimiento o sucursal radicado en la Comunitat Valenciana o, sin tenerlo, el proyecto presentado para su financiación de conformidad con la presente convocatoria se destina a instalar su primer establecimiento o sucursal en la Comunitat Valenciana.
c) Deberá acreditar en el momento de la solicitud una antigüedad mínima de dos años y contar como mínimo con un empleado o un trabajador autónomo societario. Este requisito no será de aplicación cuando el proyecto presentado para su financiación tenga por objeto la implantación de una persona jurídica de nueva creación cuyo domicilio social vaya a ubicarse en la Comunitat Valenciana.
d) Contará o estará en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable.
e) Acreditará estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, así como de las obligaciones ante la Seguridad Social. Las deudas que estén aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución esté suspendida, se considera que cumplen el requisito de estar al corriente de las obligaciones.
f) No estará sujeto a una orden de recuperación pendiente, tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
g) No se encontrará en ninguna de las siguientes circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (en adelante, LGS): VER EXTACTO COMPLETO

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Objeto de la convocatoria
Constituye el objeto de la presente convocatoria la concesión de préstamos bonificados para la financiación de proyectos empresariales desarrollados por personas jurídicas que reúnan las condiciones para ser consideradas microempresas, pequeñas y medianas empresas conforme a la definición del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 y cuya finalidad sea la inversión en activos fijos

Cuantía
Al amparo de la presente convocatoria el Institut Valencià de Finances, podrá otorgar financiación a terceros incorporando a las operaciones de préstamo concedidas un componente de bonificación, en forma de rebaja del tipo de interés con respecto al tipo de interés de mercado.
La bonificación se financiará con cargo a la subvención de capital concedida por la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública, a través de la correspondiente línea presupuestaria para la financiación de proyectos empresariales entre los que se encuentra, entre otras, la presente convocatoria, con una dotación para el ejercicio 2026 de 8.000.000 euros.
Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web del IVF

Base de datos nacional de subvenciones

Extracto de la convocatoria de la línea de financiación «Préstamos bonificados IVF PYME Inversión 2026

ACUERDO por el que se aprueba la convocatoria de la línea de financiación «Préstamos bonificados IVF pyme inversión 2026». 

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DOGV la RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2025, de la Dirección General, por la que se convocan para el ejercicio 2026 las subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas desempleadas pertenecientes a determinados colectivos de atención prioritaria para el empleo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

 

Entidades beneficiarias y condiciones 

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza jurídica privada, incluidas las personas encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que contrate, a partir del día siguiente a la publicación de este extracto y mediante un contrato indefinido inicial a jornada completa, a personas desempleadas pertenecientes a los colectivos relacionados en el resuelvo cuarto de la resolución. 

Objeto 

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a los colectivos relacionados en el resuelvo cuarto. 

Bases reguladoras 

Orden 12/2024, de 20 de mayo, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para fomentar la contratación de personas desempleadas en la Comunitat Valenciana, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 24 de mayo de 2024. 

Personas destinatarias finales 

1. Las personas destinatarias finales de estas subvenciones deberán pertenecer en el momento de su contratación a alguno de los siguientes colectivos: 

a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los servicios sociales de cualquier administración pública. 

b) Personas en situación de desempleo de larga duración. 

c) Personas mayores de 50 años. 

d) Personas con discapacidad. 

e) Mujeres víctimas de violencia de género Quinto. 

Cuantía 

1. Estas subvenciones se financiarán por un importe global máximo estimado de 4.500.000 euros. 

2. El importe de la subvención será de 10.000 euros. Si en los colectivos a), b) y c) del apartado cuarto concurre la condición de mujer el importe de la subvención será de 12.500 euros; para el colectivo e) será de 20.000 euros, y para el del apartado d) será de 12.500 euros. Si en este colectivo concurre la condición de persona con discapacidad severa el importe de la subvención será de 25.000 euros. 

Plazo de presentación de solicitudes 

El plazo para presentar las solicitudes se iniciará a las 10:00 horas del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. En todo caso, las solicitudes deberán presentarse después de la contratación y alta en la Seguridad Social de la persona objeto de subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 15 de junio de 2026.

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RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2025, de la Dirección General, por la que se convoca, para el ejercicio 2026, el Programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas, en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Beneficiarios y condiciones: 

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas encuadradas en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que contrate, con posterioridad a la publicación de este extracto y mediante un contrato indefinido inicial a jornada completa, a personas jóvenes que cuenten con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo y figuren inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas jóvenes cualificadas, que figuren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. 

Cuantía 

1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 3.700.000 euros. 

2. El importe de la subvención será de 10.000 euros. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con discapacidad, el importe de la subvención será de 12.500 euros. Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer, el importe de la subvención será de 20.000 euros. Si concurre la de persona con discapacidad severa, el importe de la subvención será de 25.000 euros. 

Plazo de presentación de solicitudes 

El plazo para presentar las solicitudes se iniciará a las 10:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto (a partir de mañana dia 27 de enero) de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. En todo caso, las solicitudes deberán presentarse después de la contratación y alta en la Seguridad Social de la persona joven objeto de subvención, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 2 de junio 2026.

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RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a financiar en 2024 proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, y se establecen las bases reguladoras.: https://dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2024/10744”. Posteriormente fueron modificadas mediante la Resolución del 19 de diciembre de 2024 (DOGV de 30 de diciembre de 2024) y la Resolución de 24 de febrero de 2025 (DOGV de 26 de febrero de 2025).

Estando el plazo de solicitud de ayudas abierto y quedando todavía fondos disponibles, consideramos que es una oportunidad única para que las empresas del sector turístico de la Comunidad Valenciana puedan solicitarlas y aprovecharlas. El plazo de presentación de solicitudes y ejecución finalizará el próximo 15 de mayo 2026 y, por tanto, queda poco tiempo para que dejen de estar en vigor y a disposición de las empresas.

 

Es importante remarcar que, en la mayoría de las actuaciones subvencionables, se subvenciona hasta el 100% de las inversiones y de los costes de presentación y justificación de las ayudas, pudiéndose transferir los fondos por adelantado a los beneficiarios. Por ello, entendemos que son realmente interesantes para las empresas del sector.