Nueva Resolución Sanidad Covid
Ayer tarde se publicó la RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2022, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19
https://dogv.gva.es/datos/2022/02/21/pdf/2022_1440.pdf
Os resumo lo más importante:
En el Punto Segundo. Medidas y obligaciones para establecimientos y actividades en general
1. Con carácter general, las medidas y obligaciones de higiene y prevención establecidas en este punto resolutivo, serán aplicables a todos los establecimientos, locales de negocio, instalaciones y espacios de uso público y actividades de carácter público.
2. Los establecimientos, instalaciones, locales y espacios abiertos al público deberán asegurar en la medida de lo posible, que en la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios se respete la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros. En la medida de lo posible, se establecerán itinerarios para dirigir la circulación
de la clientela y personas usuarias y evitar aglomeraciones, tanto en el interior como en el exterior, y prevenir el contacto entre ellas.
La utilización de los ascensores y montacargas exige el uso obligatorio de la mascarilla por parte de todas las personas ocupantes.
3. La persona o entidad titular de la actividad económica o, en su caso, el director, directora o responsable de los centros, instalaciones, espacios de uso público y entidades, ha de asegurar que se adoptan las medidas de prevención en dichos establecimientos. Las instalaciones deberán ventilarse a través de medios naturales o mecánicos, que permitan la renovación del aire en todas las dependencias interiores.
4. En los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares, por parte de la clientela, personal visitante o personas usuarias, se procurará mantener la debida distancia de seguridad de 1,5 metros.
Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los referidos espacios garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos.
En el Punto Cuarto encontramos . Medidas relativas a establecimientos de hostelería y restauración
1. Se incluye en este punto a todas las actividades hosteleras y de restauración
2. En estos establecimientos:
– El uso de mascarilla en el interior del local será necesario cuando no se esté consumiendo.
– Se permite el uso de la barra para el consumo siempre que sea manteniendo la distancia interpersonal de seguridad.
– El baile se realizará con uso obligatorio de mascarilla, sin posibilidad de consumo de alimentos y bebida durante el mismo.
– Se permiten las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc jockey, asegurando ventilación suficiente y una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros entre músicos y público, en el caso de cantantes e instrumentos de viento, así como karaokes con uso obligatorio de mascarilla.
– Se respetarán las medidas generales y adicionales de higiene.
3. En estos establecimientos no está permitido:
– Fumar, ni en interiores ni en terrazas.
– El uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados.
4. Las celebraciones posteriores a cualquier ceremonia o evento que impliquen servicio de hostelería o restauración, en salones de banquetes o en cualquier otro establecimiento de hostelería o espacio privado, se ajustarán a lo regulado en esta materia.
Punto Quinto. Medidas relativas a los establecimientos y actividades de ocio y entretenimiento : lo mismo exactamente que en el punto 4 para el resto de Hostelería.
Punto Sexto. Medidas relativas a actividades recreativas de azar En estos establecimientos, cualquier actividad asimilable a la de hostelería y restauración que se lleve a cabo, deberá cumplir con las medidas previstas en el punto de medidas relativas a establecimientos hostelería y restauración de esta resolución. ( lo mismo que en el punto cuatro)
El resto queda sin efecto, mesas ya se puede más de 10, no hace falta pedir el pasaporte Covid. Ha entrado ya hoy en vigor