Bono viaje Comunitat Valenciana 2022

Se ha publicado en el DOGV de hoy el DECRETO 198/2021, de 10 de diciembre, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y concesión directa de ayudas del programa «Bono viaje Comunitat Valenciana 2022» por la covid-19.

https://dogv.gva.es/datos/2021/12/14/pdf/2021_12500.pdf

El programa consiste en la concesión directa de ayudas en forma de incentivos a personas residentes en la Comunitat Valenciana, de servicios turísticos prestados en esta en periodos de estacionalidad.

Las personas interesadas podrán presentar su solicitud de inscripción en el programa desde las 10:00 h del 20 de diciembre de 2021 al 30 de diciembre de 2022.

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas físicas mayores de edad que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y se encuentren empadronadas en un municipio de la CV y, además, soliciten la inscripción en el programa dentro del período anteriormente indicado, y formalicen su reserva por los servicios turísticos objeto de la ayuda dentro del plazo de 10 días naturales a partir del día siguiente al de la notificación electrónica del código promocional del programa. Cada persona física únicamente podrá ser beneficiaria de una ayuda dentro del periodo de vigencia del programa.

Los servicios que presten los alojamientos turísticos consistentes en:

· Estancia mínima de dos noches consecutivas o estancia mínima de cinco noches consecutivas en el mismo alojamiento turístico adherido al programa.

· Otros servicios prestados directamente y a través de medios propios por el alojamiento turístico: manutención (como máximo media pensión), tratamientos de salud y bienestar, actividades deportivas, excursiones y actividades de animación y aparcamiento

En cuanto a las agencias de viaje, además del servicio de alojamiento (de prestación obligatoria) pueden ser objeto de subvención con cargo al programa otros servicios turísticos de intermediación prestados en la CV durante la estancia turística de la persona usuaria del Bono Viaje..

Los servicios turísticos deberán ser prestados dentro de los siguientes periodos:

a) Desde las 12.00 h del día 17 de enero de 2022 hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2022.

b) Desde las 12.00 h del día 19 de septiembre de 2022 hasta las 23.59 h del 23 de diciembre de 2022. En este período, la estancia y los servicios turísticos deben concluir el 23 de diciembre de 2022.

La intensidad de la ayuda y el importe de la misma será:

a) Del 50% y hasta un máximo de 400,00 euros para estancias de entre 2 y 4 noches.

b) Del 60% y hasta un máximo de 600,00 euros para estancias de 5 o más noches.

Puede encontrar más información a través del siguiente enlace: https://bonoviatgecv22.gva.es/

Os dejo también enlace al vídeo que nos ha remitido el Director General de Turismo https://youtu.be/qQz5NsLYFHw